
{"version":"1.0","provider_name":"Direcci\u00f3n General de Presupuesto - Rep\u00fablica Dominicana","provider_url":"https:\/\/digepres.gob.do\/en","author_name":"dafernandez","author_url":"https:\/\/digepres.gob.do\/en\/author\/dafernandez\/","title":"Historia Direcci\u00f3n General de Presupuesto - Direcci\u00f3n General de Presupuesto - Rep\u00fablica Dominicana","type":"rich","width":600,"height":338,"html":"<blockquote class=\"wp-embedded-content\" data-secret=\"OgBGtr5PyL\"><a href=\"https:\/\/digepres.gob.do\/en\/historia-direccion-general-de-presupuesto\/\">Historia Direcci\u00f3n General de Presupuesto<\/a><\/blockquote><iframe sandbox=\"allow-scripts\" security=\"restricted\" src=\"https:\/\/digepres.gob.do\/en\/historia-direccion-general-de-presupuesto\/embed\/#?secret=OgBGtr5PyL\" width=\"600\" height=\"338\" title=\"&#8220;Historia Direcci\u00f3n General de Presupuesto&#8221; &#8212; Direcci\u00f3n General de Presupuesto - Rep\u00fablica Dominicana\" data-secret=\"OgBGtr5PyL\" frameborder=\"0\" marginwidth=\"0\" marginheight=\"0\" scrolling=\"no\" class=\"wp-embedded-content\"><\/iframe><script>\n\/*! This file is auto-generated *\/\n!function(d,l){\"use strict\";l.querySelector&&d.addEventListener&&\"undefined\"!=typeof URL&&(d.wp=d.wp||{},d.wp.receiveEmbedMessage||(d.wp.receiveEmbedMessage=function(e){var t=e.data;if((t||t.secret||t.message||t.value)&&!\/[^a-zA-Z0-9]\/.test(t.secret)){for(var s,r,n,a=l.querySelectorAll('iframe[data-secret=\"'+t.secret+'\"]'),o=l.querySelectorAll('blockquote[data-secret=\"'+t.secret+'\"]'),c=new RegExp(\"^https?:$\",\"i\"),i=0;i<o.length;i++)o[i].style.display=\"none\";for(i=0;i<a.length;i++)s=a[i],e.source===s.contentWindow&&(s.removeAttribute(\"style\"),\"height\"===t.message?(1e3<(r=parseInt(t.value,10))?r=1e3:~~r<200&&(r=200),s.height=r):\"link\"===t.message&&(r=new URL(s.getAttribute(\"src\")),n=new URL(t.value),c.test(n.protocol))&&n.host===r.host&&l.activeElement===s&&(d.top.location.href=t.value))}},d.addEventListener(\"message\",d.wp.receiveEmbedMessage,!1),l.addEventListener(\"DOMContentLoaded\",function(){for(var e,t,s=l.querySelectorAll(\"iframe.wp-embedded-content\"),r=0;r<s.length;r++)(t=(e=s[r]).getAttribute(\"data-secret\"))||(t=Math.random().toString(36).substring(2,12),e.src+=\"#?secret=\"+t,e.setAttribute(\"data-secret\",t)),e.contentWindow.postMessage({message:\"ready\",secret:t},\"*\")},!1)))}(window,document);\n<\/script>","description":"Inicio Direcci\u00f3n General de Presupuesto El proceso presupuestario se inicia formalmente en la Rep\u00fablica Dominicana, con la creaci\u00f3n de la Oficina de Presupuesto, a partir de los trabajos realizados por la Misi\u00f3n Dawes de los EEUU, con representantes del pa\u00eds. Dichos representantes concluyeron con la promulgaci\u00f3n de la Ley de Presupuesto 1111, del 1ro. de mayo de 1929. Los a\u00f1os 1930 y 1963, se caracterizaron por un manejo centralizado del presupuesto y de las finanzas p\u00fablicas, haciendo depender la Oficina de Presupuesto bajo el control directo del Presidente de la Rep\u00fablica. Mediante las leyes N\u00fam. 3893 y 3894 de agosto de 1954, las funciones de la Administraci\u00f3n Financiera y Presupuestaria, fueron centralizadas en la Secretaria de Hacienda. En el a\u00f1o 1965, mediante la Ley N\u00fam. 55, la Oficina de Presupuesto es integrada al Secretariado T\u00e9cnico de la Presidencia como Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRES), junto a otras oficinas t\u00e9cnicas del Estado, en inter\u00e9s de crear el Sistema Nacional de Planificaci\u00f3n.Un proceso de desarrollo y modernizaci\u00f3n del Presupuesto se llev\u00f3 a cabo, en el cual se adopt\u00f3 dos nuevas clasificaciones, se inici\u00f3 la publicaci\u00f3n anual de un documento sobre la Ejecuci\u00f3n del Presupuesto, se incorporaron instructivos m\u00e1s completos para la presentaci\u00f3n de los anteproyectos de presupuesto por programas, estructur\u00e1ndose los cap\u00edtulos en programas, subprogramas y actividades, a todos los niveles del Gobierno Central; etc. Este proceso experiment\u00f3 un momento culminante en fecha 11 de diciembre de 1969, con la promulgaci\u00f3n de la Ley N\u00fam. 531, o \u201cLey Org\u00e1nica de Presupuesto para el Sector P\u00fablico\u201d, que tuvo vigencia hasta el 31 de diciembre del 2006. Esta represent\u00f3 el m\u00e1s importante instrumento legal para la gesti\u00f3n presupuestaria de la Rep\u00fablica Dominicana. La misma ampli\u00f3 la cobertura presupuestaria, al incluir a las Instituciones Aut\u00f3nomas y Descentralizadas del Estado y los Municipios, y estableci\u00f3 el Presupuesto por Programas, incorpor\u00e1ndole los elementos de la planificaci\u00f3n p\u00fablica.En el a\u00f1o 1996, se inici\u00f3 el proceso de reforma de la administraci\u00f3n financiera, en la Rep\u00fablica Dominicana. Con la creaci\u00f3n del Programa de Administraci\u00f3n Financiera Integrado (PAFI) y la asistencia t\u00e9cnica-financiera del BID (pr\u00e9stamo US$12.0 mm), se permiti\u00f3 la implantaci\u00f3n del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Financiera (SIGEF), conectando en l\u00ednea a los \u00f3rganos rectores del Sistema, ONAPRES, la Direcci\u00f3n de Contabilidad Gubernamental (DIGECOG), de Cr\u00e9dito P\u00fablico (DCP), y de Tesorer\u00eda Nacional (T.N.), con las unidades ejecutoras del Gobierno Central y la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica (Control Interno, CGR).En enero del 2007, se complet\u00f3 el marco legal de este proceso de reforma de la administraci\u00f3n financiera en el pa\u00eds, el cual ten\u00eda el prop\u00f3sito de lograr una mayor transparencia y racionalidad en el uso de los recursos del Estado. En este sentido, fueron promulgadas leyes institucionales, una de las cuales creo la Secretaria de Estado de Hacienda (antes de Finanzas), como \u00f3rgano rector de la Administraci\u00f3n Financiera del Estado, encargada de la pol\u00edtica fiscal, del marco financiero, y el presupuesto plurianual, centralizando las funciones fiscales, incluyendo las actividades presupuestarias, de recaudaciones y otros ingresos, gastos y financiamientos.La promulgaci\u00f3n de la Ley Org\u00e1nica de Presupuesto para el Sector P\u00fablico No. 423-06, del 17 de noviembre del 2006, denomin\u00f3 a ONAPRES como Direcci\u00f3n General de Presupuesto (DIGEPRES), y la dispuso como el \u00d3rgano Rector del Sistema Presupuestario, con esta nueva denominaci\u00f3n, convirti\u00e9ndola en una dependencia de la Secretar\u00eda de Estado de Hacienda, en lugar de la vinculaci\u00f3n que exist\u00eda con el anterior Secretariado T\u00e9cnico de la Presidencia. Este acontecimiento ha representado un nuevo y moderno r\u00e9gimen presupuestario para el pa\u00eds, como parte importante de este proceso de reforma. Direcci\u00f3n General de Presupuesto El proceso presupuestario se inicia formalmente en la Rep\u00fablica Dominicana, con la creaci\u00f3n de la Oficina de Presupuesto, a partir de los trabajos realizados por la Misi\u00f3n Dawes de los EEUU, con representantes del pa\u00eds. Dichos representantes concluyeron con la promulgaci\u00f3n de la Ley de Presupuesto 1111, del 1ro. de mayo de 1929. Los a\u00f1os 1930 y 1963, se caracterizaron por un manejo centralizado del presupuesto y de las finanzas p\u00fablicas, haciendo depender la Oficina de Presupuesto bajo el control directo del Presidente de la Rep\u00fablica. Mediante las leyes N\u00fam. 3893 y 3894 de agosto de 1954, las funciones de la Administraci\u00f3n Financiera y Presupuestaria, fueron centralizadas en la Secretaria de Hacienda. En el a\u00f1o 1965, mediante la Ley N\u00fam. 55, la Oficina de Presupuesto es integrada al Secretariado T\u00e9cnico de la Presidencia como Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRES), junto a otras oficinas t\u00e9cnicas del Estado, en inter\u00e9s de crear el Sistema Nacional de Planificaci\u00f3n.Un proceso de desarrollo y modernizaci\u00f3n del Presupuesto se llev\u00f3 a cabo, en el cual se adopt\u00f3 dos nuevas clasificaciones, se inici\u00f3 la publicaci\u00f3n anual de un documento sobre la Ejecuci\u00f3n del Presupuesto, se incorporaron instructivos m\u00e1s completos para la presentaci\u00f3n de los anteproyectos de presupuesto por programas, estructur\u00e1ndose los cap\u00edtulos en programas, subprogramas y actividades, a todos los niveles del Gobierno Central; etc. Este proceso experiment\u00f3 un momento culminante en fecha 11 de diciembre de 1969, con la promulgaci\u00f3n de la Ley N\u00fam. 531, o \u201cLey Org\u00e1nica de Presupuesto para el Sector P\u00fablico\u201d, que tuvo vigencia hasta el 31 de diciembre del 2006. Esta represent\u00f3 el m\u00e1s importante instrumento legal para la gesti\u00f3n presupuestaria de la Rep\u00fablica Dominicana. La misma ampli\u00f3 la cobertura presupuestaria, al incluir a las Instituciones Aut\u00f3nomas y Descentralizadas del Estado y los Municipios, y estableci\u00f3 el Presupuesto por Programas, incorpor\u00e1ndole los elementos de la planificaci\u00f3n p\u00fablica.En el a\u00f1o 1996, se inici\u00f3 el proceso de reforma de la administraci\u00f3n financiera, en la Rep\u00fablica Dominicana. Con la creaci\u00f3n del Programa de Administraci\u00f3n Financiera Integrado (PAFI) y la asistencia t\u00e9cnica-financiera del BID (pr\u00e9stamo US$12.0 mm), se permiti\u00f3 la implantaci\u00f3n del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Financiera (SIGEF), conectando en l\u00ednea a los \u00f3rganos rectores del Sistema, ONAPRES, la Direcci\u00f3n de Contabilidad Gubernamental (DIGECOG), de Cr\u00e9dito P\u00fablico (DCP), y de Tesorer\u00eda Nacional (T.N.), con las unidades ejecutoras del Gobierno Central y la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica (Control Interno, CGR).En enero del 2007, se complet\u00f3 el marco legal de este proceso de reforma de la","thumbnail_url":"http:\/\/digepres.gob.do\/wp-content\/uploads\/2025\/03\/cupula-18.png"}